"... todavía quedan más pistas por descubrir."

domingo, 4 de diciembre de 2011

MUERTE EN PRIVACIÓN DE LIBERTAD



Haciendo un pequeño giro a la serie de ensayos que se han publicado durante las últimas semanas, pero continuando con los temas relacionados directamente con la Ciencia Forense, hemos decidido incluir para esta semana uno que acapara la atención de la población y por supuesto, representa un reto para el médico encargado de determinar la causa final de muerte, me refiero a la que se produce en privación de libertad. Por lo común, se escucha a través de los medios de comunicación, la publicación sobre la muerte de un condenado o incluso de un recién aprendido sin adjudicación de pena. En ambos casos no deja de sorprender la forma en que una cárcel o un centro correccional se puede convertir en una tumba.

Antes de iniciar de lleno con el tema es oportuno mencionar que en algunos libros se le puede encontrar como Muerte en Custodia, Muerte en Prisión o Muerte en Detención, Muerte de Presos y Detenidos, etc. Para fines prácticos utilizaremos “Muerte en Privación de Libertad”.

En la última década hemos sido testigos de casos, muchos de ellos sin resolver, de personas que son capturadas por distintos motivos y sin que pasen unas cuantas horas de la privación de su libertad son asesinados, ya sea con arma blanca o generalmente por golpes en distintas partes del cuerpo.

Si bien los médicos forenses han sido siempre profesionales comprometidos con la defensa de los derechos humanos y de valores como la justicia, igualdad, etc., también este compromiso se ha incrementado en los últimos años. Todo esto se ha visto reflejado en la importancia que los textos de Medicina Forense y programas de formación le han dado a este tema. En este sentido también llama la atención que en los programas de formación en Patología Forense en los Estados Unidos y otros países industrializados se especifique la necesidad de que, cuando finalice su formación, el especialista sea capaz de llevar a cabo satisfactoriamente autopsias en muertes de este tipo.

Toda muerte que se presente durante un período de privación de libertad debe considerarse como sospechosa de criminalidad y debe ser considerada como una muerte violenta, por lo tanto, la autopsia debe realizarse bajo el mismo régimen y siguiendo el mismo procedimiento médico legal. Aunque si el fallecimiento se presenta como muerte de origen natural y se encuentra plenamente documentado, puede inhumarse el cadáver sin más investigaciones. Cabe resaltar que en muchos países, es obligatorio realizar la autopsia médico legal a toda persona muerta en circunstancias relacionadas con el arresto y la privación de libertad, incluso cuando la causa aparentemente es natural y la muerte no se produce no se produce en el lugar de la detención, como por ejemplo en un hospital a donde el reo ha sido trasladado.

De cualquier manera, probablemente este tipo de autopsia puede ser la más problemática para el patólogo forense, porque su informe y en consecuencia su actuación, serán analizados críticamente por los familiares y amigos del fallecido, incluso por los medios de comunicación y la población en general. Por ello, se debe probar, no solo lo que sucedió, sino lo que no existió y documentar cada uno de los hallazgos negativos.

El concepto de Muerte en Privación de Libertad abarca todas las muertes que se produzcan durante ese período o mediante la actuación de las fuerzas de seguridad (persecuciones a presuntos delincuentes, intentos de fuga, disolución de amotinamientos, etc.)

Las situaciones que se consideran bajo el concepto son las siguientes:

a. Muertes producidas durante la detención y en enfrentamientos con las fuerzas de seguridad.
b. Muertes de internos en centros de detención y prisión, también en centros de internamiento de menores. Incluye fugas e intentos de fuga.
c. Muertes de personas ingresadas involuntariamente en establecimientos psiquiátricos.

En muchos casos también pueden presentarse casos de muerte súbita, homicidios y suicidios en prisión. Muertes violentas o accidentales en comisarías, incluso intentos de suicidio en calabozos de los juzgados de guardia.

Muerte súbita de origen natural

En cualquier momento, pero sobre todo en los momentos inmediatos a la detención, las personas pueden morir súbitamente a causa de cardiopatías o por enfermedades del sistema nervioso central. Según la literatura, la causa más frecuente es la cardiopatía isquémica y la segunda es la epilepsia.

Métodos utilizados para la reducción y contención


De una forma muy breve daremos a conocer los métodos utilizados por los agentes de seguridad y miembros del sistema penitenciario para la reducción y contención y que pueden relacionarse con la muerte del detenido o del recluso. Estos métodos deben ser bien conocidos en la investigación de este tipo de muertes.

Defensas de madera o de goma

Los agentes de la policía y miembros del sistema penitenciario deben estar instruidos sobre los puntos vitales que no deben golpear, salvo que exista un alto nivel de amenaza por parte de la persona que intentan reducir al orden.

Puntos de presión

La presión sobre determinados puntos de la cabeza y cuello se emplean para obligar a las personas que ofrecen resistencia pasiva o separar a los que pelean. Tiene la ventaja de no causar daño grave y pueden ser usados por agentes poco corpulentos. Los tres puntos más utilizados son: sobre el extremo superior de la mandíbula, justo en el hueco existente bajo la oreja, sobre el origen del plexo braquial a cada lado del cuello y en la fosa subclavia.

Estrangulación antebraquial

Se utiliza para reducir a delincuentes o sospechosos violentos, si bien, en muchos países sólo se permite a ciertos miembros de la policía. Existen dos modalidades, el agente policial siempre se ubica detrás del detenido.

Antebrazo colocado transversalmente delante del cuello: estrangula comprimiendo la vía aérea. Existe riesgo de fractura de los cartílagos laríngeos, sobre todo en sujetos que los tengan calcificados por la edad.

Antebrazo y brazo sobre las caras laterales del cuello (carotid sleeper): comprimen la circulación hasta impedir el 80% del flujo sanguíneo en ambas carótidas primitivas, se produce la pérdida de conciencia en unos 10 a 15 segundos, cuando cesa la presión, la recuperación se alcanza en 20 a 30 segundos. Se han descrito casos de muerte en personas que padecen de cardiopatía subyacente o bajo efectos de drogas de abuso. También se pueden producir ictus en personas afectadas de arteriosclerosis carotídea. Esta estrangulación es ampliamente utilizada en la práctica del judo, sin que se hayan presentado casos de víctimas, por ende, si es correctamente aplicada sobre sujetos sanos, no existe peligro.

Pistolas o armas para aturdir (stun guns)

Son dispositivos que generan descargas eléctricas desde 50,000 a 250,000 voltios, producen parálisis muscular temporal (minutos). Se utilizan mucho en los Estados Unidos para reducir al orden a delincuentes violentos y también como armas de defensa personal.

La aplicación de estos dispositivos produce dos pequeños eritemas o quemaduras en el punto de contacto de los electrodos por lo que no se deben disparar sobre la cara, ya que en los ojos estas lesiones pueden tener peores consecuencias. También pueden ocasionar lesiones secundarias por la caída del sujeto al recibir la descarga o su posible interacción con marcapasos cardíacos. Tampoco deben utilizarse sobre personas que se encuentran en el agua ni en mujeres embarazadas.

Inmovilización

Es un método de contención permitido en Estados Unidos y se utiliza para el traslado de detenidos muy violentos, aunque es prohibido en otros países. Consiste en unir por el dorso las muñecas y tobillos previamente atados. El sujeto así inmovilizados debe ser colocado en decúbito supino o lateral, ya que en decúbito prono se puede facilitar una asfixia postural.

Muertes relacionadas con alcohol y drogas

El mecanismo fisiopatológico consiste en la liberación de catecolaminas que ocurre durante las peleas, junto al efecto de las drogas estimulantes y el descenso del nivel de potasio puede generar arritmia y la muerte.

Alcohol y traumatismo craneoencefálico

Una causa bien conocida de muertes en estas situaciones procede de confundir la sintomatología neurológica de un traumatismo craneoencefálico con una embriaguez. Se trata de sujetos que han ingerido alguna bebida alcohólica, en mayor o menor cantidad, y han sufrido un traumatismo craneoencefálico (también una hemorragia intracraneal espontánea), por el aliento etílico, los policías y a veces el médico, creen que las alteraciones del nivel de conciencia, del lenguaje, de la marcha, etc., obedecen a la embriaguez, aunque realmente se trata de un hematoma epidural u otra grave lesión la que está provocando los síntomas. Estos sujetos son encontrados muertos varias horas después.

Suicidio

En la mayoría de los casos, el suicidio en personas privadas de libertad es por ahorcamiento, también son frecuentes las heridas en muñecas y antebrazos, pero no con intención suicida. El ahorcamiento en estas circunstancias debe ser analizado detalladamente para descartar que sea homicidio. Tiene especial interés la naturaleza del punto de suspensión (altura desde el suelo, accesibilidad, etc.), naturaleza del lazo, surco y existencia de otras lesiones u otros surcos. También deben recurrirse a la investigación, según sea el caso, las fibras del lazo en las manos del fallecido.

Tortura en sujetos vivos (Protocolo de Estambul)

La tortura se practica en más de la mitad de los países del mundo, aunque no es tan común, es importante que los médicos forenses conozcan de ella.

La Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura, en 1984 elaboró la siguiente definición:

"se entenderá por el término "tortura" todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a estas."

Aunque la tortura física es la más importante en relación con la Muerte en Privación de Libertad, también se presentan casos de tortura psicológica. Algunos de los métodos de tortura psicológica son:

• Abusos con excrementos.
• Aislamiento.
• Amenazas.
• Exposición constante a luz intensa.
• Humillación sexual.
• Impedir la higiene.
• Presenciar sesiones de tortura a otros.
• Privación de sueño.
• Exposición a ruidos fuertes.
• Simulacro de ejecuciones.

Autopsia (Protocolo de Minnesota)


Es conveniente que el Médico Forense que tenga a su cargo realizar la autopsia de una persona fallecida en privación de libertad conozca el Protocolo de Minnesota. Dicho protocolo, incluido en el Manual de las Naciones Unidas para la Prevención de Investigación Eficaces de las Ejecuciones Ilegales Arbitrarias y Sumarias. Fue elaborado en la década de los años ochenta por un grupo de abogados y patólogos forenses del referido estado norteamericano y constituye una guía de cómo llevar a cabo una autopsia para determinar si el fallecido ha sido torturado.

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